Tegucigalpa, 5 feb.- La Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC) emitió una circular mediante la cual deja sin valor y efectos contratos de personal que pretendan producir o prolongar efectos más allá del período de Gobierno anterior, a partir del 27 de enero de 2026, como parte de una revisión de legalidad en la contratación pública.

La disposición está contenida en la Circular ANSEC-008-2026, firmada por la secretaria ejecutiva de Servicio Civil, María Jimena Casasola, y dirigida a secretarios de Estado, titulares de entes desconcentrados, gerentes de recursos humanos y responsables de talento humano en instituciones descentralizadas.

A partir de ahora, cualquier contratación, ascenso, traslado, renovación contractual o vínculo por servicios profesionales deberá contar obligatoriamente con la autorización directa del presidente o del Coordinador General de Gabinete y Secretario Privado.

Según el documento, la medida responde al principio de legalidad y juridicidad administrativa, el cual establece que la Administración Pública solo puede obligarse válidamente conforme al ordenamiento jurídico vigente y no puede generar compromisos que carezcan de habilitación constitucional o legal suficiente.

Sustento constitucional y presupuestario

La circular cita como fundamento el artículo 205 numeral 19 de la Constitución de la República, que atribuye al Congreso Nacional la potestad de aprobar o improbar contratos que impliquen exenciones, incentivos, concesiones fiscales o cualquier otro contrato que produzca efectos más allá del período del Gobierno que los suscribe.

Asimismo, se hace referencia a la normativa de ejecución presupuestaria del Presupuesto General de Ingresos y Egresos 2025, la cual establece que cuando un contrato trasciende el período de Gobierno, debe ser ratificado por el Congreso Nacional, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas correspondientes.

Declaratoria de ineficacia inmediata

En virtud de lo anterior, la circular declara ineficaces, frente a la Administración Pública, todos los contratos que pretendan producir o prolongar efectos dentro del actual período de Gobierno, si fueron autorizados durante la administración anterior y no cumplen con los requisitos legales correspondientes.

La medida tiene aplicación inmediata y obligatoria para todas las dependencias destinatarias y deja sin valor ni efecto los dictámenes de autorización de contratos que hayan sido emitidos en contravención a estos lineamientos.

La circular fue emitida el 4 de febrero de 2026 y entra en vigencia a partir de su notificación a las instituciones correspondientes. (BG-Stampa).

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